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Ejecutivo publicó norma que precisa parámetros para viviendas
2019-03-25

El gobierno introdujo modificaciones en el reglamento de habilitación urbana.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) publicó un decreto supremo en el diario oficial El Peruano, que precisa los parámetros urbanísticos y las densidades para viviendas multifamiliares y conjuntos residenciales. Los proyectos dehabilitación urbana o de edificación podrán desarrollarse en cualquier zonificación residencial aprobada en el Plan de Desarrollo Urbano, entre ellas zonificación residencial de densidad baja, media o alta, y en áreas con zonificación de comercio metropolitano, vecinal, zonal o vivienda taller,  siempre que respeten la compatibilidad con el uso residencial o el reglamento respectivo.

Las municipalidades deberán otorgan las licencias correspondientes respetando lo establecido anteriormente sin limitar la localización de los proyectos de habilitación urbana o de edificación a la zonificación establecida. “Los proyectos deben respetar la compatibilidad de la zona residencial. Se pueden desarrollar proyectos en cualquier zonificación aprobada pero se debe respetar lo que dispone el reglamento”, comentó Cristian Lindley, asociado senior de CPB abogados.

 

Respecto a los proyectos de edificación, se precisa que se requiere como mínimo un estacionamiento por cada tres unidades de vivienda. Para los proyectos ubicados en laderas y los enmarcados en el Programa Techo Propio, se requiere como mínimo un estacionamiento por cada cinco unidades de vivienda. En todos los casos antes mencionados se debe contar con al menos un estacionamiento.

Además, las edificaciones multifamiliareso conjuntos residenciales deben contar con estacionamientos para bicicletas correspondientes a un 5% sobre el área prevista para estacionamiento vehicular. “La novedad es que se agrega que el proyectista puede estructurar soluciones de diseño, como bolsas de estacionamiento”, precisó Lindley. “Por ejemplo, la Municipalidad de Miraflores no permite compensar el déficit de estacionamientos”, dijo.

Por otro lado, los proyectos inmobiliarios deben desarrollar no menos del 50% de área techada exclusivamente para vivienda de interés social. “Éste es un nuevo requisito para que el proyecto pueda acogerse a la vivienda social. Es decir, viviendas que son destinadas a personas de bajos recursos, como las del Fondo Mivivienda“.

 

 

Fuente del articulo http://semanaeconomica.com
Escrito por http://semanaeconomica.com
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